Qué son los fondos buitre y qué tienen que ver con la Ley de Segunda Oportunidad

Qué son los fondos buitre y qué tienen que ver con la Ley de Segunda Oportunidad

Los fondos buitre y la Ley de Segunda Oportunidad tienen relación. En este artículo te contamos cómo contectan y por qué te interesa saberlo.
Buitre - fondos buitre - apudacta.com

A partir del año 2012, España experimentó un auge de los denominados fondos buitre, organizaciones económicas de capital riesgo o de inversión libre que adquieren títulos de deuda a un menor costo para poder, con posterioridad, presionar y poder cobrar íntegramente el valor de esa deuda que han adquirido, además de sumar los intereses por los años adeudados.

Durante la última década los bancos han vendido cientos de miles de inmuebles y préstamos a fondos oportunistas, a precios muy bajos, aunque la deuda que reclaman es la real que el deudor mantenía con el banco.

Podemos definir un fondo buitre como una sociedad económica legalmente constituida que actúa bajo la premisa de comprar títulos de deuda en mercados altamente volátiles o que están al borde de la quiebra, para luego cobrar a un valor más elevado o por el total del crédito inicial.

¿Quién gana en los fondos buitre?

Podíamos preguntarnos: ¿Dónde está el negocio de los fondos buitre, cuando lo que hacen es comprar créditos a entidades que los venden porque los deudores son insolventes o llevan mucho tiempo sin pagar, es decir, deudas difíciles de recuperar?

Pues bien, el secreto está en comprar la deuda a un valor muy por debajo de su precio real, de forma que pueden tener ganancia efectiva cuando consiguen al menos que el deudor le abone un porcentaje de la deuda total que el anterior tenía con su banco, cedente del crédito al fondo buitre.

Por un lado, el banco gana, porque al menos puede recuperar una parte del crédito mediante el precio de venta al fondo buitre, y por otro, el fondo también gana como hemos dicho, porque compra la deuda barata, y exige su pago completo, incluso con intereses, y en caso de impago, acudir al juzgado con su testimonio notarial de cesión del crédito, identificando al deudor, reclamar judicialmente la deuda e incluso, solicitar el embargo de los bienes del deudor demandado.

España tiene que adaptar su legislación a la Directiva Europea 2021/2167, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de noviembre de 2021 sobre los administradores de créditos y los compradores de créditos y por la que se modifican las Directivas 2008/48/CE2014/17/UE.

El procedimiento de transposición de la Directiva 2021/2167, está todavía pendiente de tramitación, aun cuando el plazo límite era diciembre de 2023.

La Directiva regula ex novo varias cuestiones, entre las que se encuentra la compraventa de créditos dudosos y el establecimiento de una reserva de actividad relativa a la administración de créditos dudosos.

Tanto la Directiva como el proyecto de transposición suponen un avance en la protección de los derechos de los prestatarios cuyos créditos son objeto de compraventa, especialmente en el caso de personas físicas, pymes y micropymes.

Fondos buitre y la Ley de Segunda Oportunidad

Como norma general, los créditos comprados por los fondos buitre son subsumibles como deuda en la solicitud de concurso de acreedores y posterior aplicación de la ley de la Segunda oportunidad, ya sea para el supuesto del “perdón total”, o bien, para el establecimiento de un plan de pagos.

Es necesario tener en cuenta que para solicitar el concurso será necesario que exista más de un acreedor, por lo que, sí tan solo tenemos la deuda del fondo buitre no será posible acudir a la vía de concurso la Segunda Oportunidad.

Sin embargo, si existen más acreedores, como por ejemplo, una deuda por un préstamo con el banco, además de la deuda con el fondo buitre, sí será posible acogerse a la segunda oportunidad y solicitar el BEPI, o beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.


Gracias a la Segunda oportunidad, será posible paralizar los embargos trabados en la reclamación judicial de la deuda por parte del fondo buitre.

¿Pero, que ocurre cuando una de las deudas es un préstamo con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual?

Es muy importante que, en estos casos, antes de solicitar el concurso, se realice un estudio previo y a fondo sobre la verdadera existencia de insolvencia del deudor, ya que, sin saberlo y sin quererlo, se puede poner en peligro la propiedad de la vivienda.

Puede existir contradicción entre el mantenimiento de la propiedad de la vivienda habitual, y el principio concursal de liquidación total del patrimonio del concursado. No olvidemos que, en el Inventario de pasivo y activo, se tendrá que valorar lo que vale la vivienda y la deuda pendiente del préstamo hipotecario.


Importante es recordar que el mecanismo de Segunda Oportunidad, establece un régimen de exoneración de deudas para los deudores persona natural en el marco del procedimiento concursal, y que este sistema de exoneración tiene dos pilares fundamentales:

  • que el deudor sea de buena fe y
  • que se liquide previamente su patrimonio (o que se declare la conclusión del concurso por insuficiencia de masa)

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