El 30 de diciembre de 2024 se ha completado en España la entrada en vigor del Reglamento sobre Mercados de Criptoactivos (MiCA), que entró en vigor en junio de 2023.
¿Qué es MiCA?
El Reglamento (UE) 2023/1114, MiCA (Markets in Crypto-Assets), en español, Reglamento sobre el Mercado de los Criptoactivos, es una normativa europea aprobada el 31 de mayo de 2023 por el Parlamento Europeo y el Consejo, con el objetivo de establecer un marco regulatorio común para los mercados de criptoactivos en toda la UE.
Con la finalidad de garantizar la seguridad jurídica de emisores y proveedores de criptoactivos en la UE, los principales objetivos de MiCA son los siguientes:
- Regular la emisión, oferta y negociación de criptoactivos.
- Proteger a los inversores que participan en estos mercados.
- Establecer requisitos para los proveedores de servicios relacionados con criptoactivos.
- Prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
- Garantizar la estabilidad financiera y la integridad del mercado de criptoactivos.
¿Qué tipos de Criptoactivos Regula MiCA?
La normativa se aplica a los siguientes Criptoactivos:
- Tokens vinculados a activos (ART, Asset-Referenced Tokens).
Estos Criptoactivos estabilizan su valor en relación con otros activos o conjunto de activos, están respaldados por monedas oficiales o materias primas, por ejemplo, Stablecoins referenciadas a múltiples monedas o activos.
Los ART podrán ofertarlos únicamente las personas jurídicas autorizadas establecidas en la UE o por entidades de crédito.
- Tokens de dinero electrónico (EMT, E-Money Tokens).
Los EMT se vinculan a monedas, y a fin de mantener un valor estable, se referencia al valor de una moneda oficial, por ejemplo, Stablecoins referenciadas 1:1 al euro o al dólar. Se entienden como un medio de pago.
- Otros criptoactivos:
Abarca a cualquier criptoactivo que no sea ART ni EMT pero que se emite y comercializa, así como criptomonedas como Bitcoin (BTC), Ethereum (ETH) y utility tokens, tokens de utilidad que dan acceso a servicios y productos digitales.
MiCA no regula los siguientes instrumentos y criptoactivos
- Instrumentos financieros regulados por MiFID II, por ejemplo, acciones, bonos, derivados y otros instrumentos financieros tradicionales.
- Tokens no fungibles (NFTs), por ejemplo, arte digital, coleccionables. (Sin embargo, si los NFTs se emiten de forma fraccionada y esas fracciones son fungibles entre sí, podrían entrar bajo el ámbito de MiCA).
- Criptomonedas y Tokens con fines limitados: Tokens que solo se aceptan en un grupo limitado de comercios o para servicios específicos, como ocurre por ejemplo, en programas de fidelización.
- Monedas Digitales de Bancos Centrales: Emisiones digitales oficiales de los bancos centrales, como el euro digital.
- Criptoactivos emitidos por gobiernos y Entidades Públicas.
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y el Banco de España
La CNMV es la autoridad competente en España para supervisar el cumplimiento del Reglamento MiCA. El Banco de España ejerce funciones de supervisión, inspección y sanción en relación con las obligaciones reglamentarias, relativas a los emisores de EMT y de ART.
Para proteger al inversor, MiCA introduce nuevas protecciones, como la exigencia de que los emisores de criptoactivos proporcionen información clara y completa mediante libros blancos, en aras de una mayor transparencia en este tipo de operaciones.
Junto a la transparencia, se fomenta la confianza, por medio de mayor información y divulgación para que los inversores comprendan mejor los riesgos asociados a los criptoactivos.
Además, los proveedores de servicios de criptoactivos deben estar autorizados por la CNMV o por otra autoridad competente de la UE. En España se ha establecido un periodo transitorio, de forma que, a partir del 30 de diciembre de 2025 solo podrán operar proveedores autorizados por la CNMV u otras autoridades europeas.
Riesgos de invertir en criptoactivos
A pesar de la protección introducida por MiCA, es importante tener en cuenta que invertir en criptoactivos sigue siendo arriesgado, por las siguientes razones:
- Alta volatilidad: los precios pueden fluctuar de manera brusca.
- Posibilidad de pérdida total del dinero invertido.
- Falta de compensación en caso de problemas: En caso de quiebra de un proveedor, no hay sistemas de indemnización para los inversores.
- Estafas y fraudes. Se trata de operaciones con altos riesgos tecnológicos, como estafas, fraudes, ciberataques y errores operativos.
- Menor obligación de información en determinados supuestos. Al contrario de la normativa sobre información de servicios de inversión tradicionales, MiCA no exige a todos los proveedores de servicios de criptoactivos que recaben información de los clientes para evaluar su capacidad de comprensión de los criptoactivos que desean negociar, salvo cuando se presta el servicio de asesoramiento o gestión de carteras.
Los expertos financieros están divididos a la hora de aconsejar o no la inversión en cripto
s, y es que sigue habiendo muchos que rechazan su uso. En cuanto a las criptomonedas, los más jóvenes de 18 a 34 años los que más invierten, superando a las acciones, fondos de inversión, bonos y otros productos.
En resumen, a partir de 2025, invertir en criptomonedas será más seguro para los inversores.
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