Claves de la condena por el Tribunal Supremo al Fiscal General del Estado

Claves de la condena por el Tribunal Supremo al Fiscal General del Estado

El Tribunal Supremo condena al Fiscal General del Estado por un delito de revelación de secretos a pena de multa y 2 años de inhabilitación.
Institución judicial - Tribunal Supremo - ApudActa.com

El Tribunal Supremo condena a Álvaro García Ortiz por un delito de revelación de secretos, a pena de multa y de 2 años de inhabilitación para el cargo de Fiscal General del Estado.

El 20 de noviembre se hizo público un comunicado a través de la Oficina de comunicación del Tribunal Supremo, en el que se informaba de que la Sala Segunda de lo penal del Tribunal Supremo, en la causa tramitada contra el Fiscal General del Estado, ha votado por mayoría de sus miembros el fallo de la Sentencia condenatoria, el cual queda como sigue a continuación:

 

“FALLO
Que debemos condenar y condenamos a D. Álvaro García Ortiz, Fiscal General del Estado, como autor de un delito de revelación de datos reservados, art. 417.1 del Código Penal, a la pena de multa de 12 meses, con una cuota diaria de 20 euros, e inhabilitación especial para el cargo de Fiscal General del Estado por tiempo de 2 años, y al pago de las costas procesales correspondientes, incluyendo las de la acusación particular.”

 

Además, en concepto de responsabilidad civil, el Fiscal General del Estado deberá indemnizar a Alberto González Amador (pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso) por 10.000 euros por daños morales. En cuanto al delito de prevaricación del que también había sido acusado el fiscal general, finalmente ha sido absuelto.

El motivo de comunicar el fallo cuando la Sentencia no ha sido redactada por el ponente ha podido ser evitar filtraciones indeseadas, ya que el fallo se ha comunicado a todas las partes personadas en el proceso.

 

No obstante, habrá que esperar a que la sentencia se redacte y se notifique en legal forma a las partes para que surta efectos, o lo que es lo mismo, se declare su firmeza y se ejecuten las penas impuestas al Fiscal General del Estado.

 

El Tribunal encargado del enjuiciamiento al Fiscal General del Estado, ha estado compuesto por siete magistrados del TS, votando cinco de ellos a favor de la condena, mientras que dos magistradas de la Sala Segunda (Ana María Ferrer García y Susana Polo García), una de ellas ponente, han interesado la absolución del acusado, lo que ha determinado que haya un cambio en la Ponencia, siendo el nuevo ponente el Presidente de la Sala Segunda, Andrés Martínez Arrieta.

 

La Sentencia es firme, si bien queda abierta la vía de la nulidad de actuaciones, el TC y el TEDH.

Será María Ángeles Sánchez Conde, Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, la que ocupará el puesto de Fiscal General del Estado de forma provisional hasta que sea nombrada la persona que será nuevo o nueva Fiscal General del Estado.

 

Teresa Peramato ha sido propuesta por el Gobierno como próxima Fiscal General del Estado. En términos de procedimiento, esto significa que el Consejo de Ministros ha aprobado la propuesta para su nombramiento.

Sin embargo, ahora se inician los trámites necesarios para su nombramiento definitivo, que incluyen el informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) (no vinculante) y su comparecencia ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados.

 

¿Quiénes han formado parte de la acusación particular?

Junto con el empresario querellante, ha ejercido la acusación seis particulares más, que son los siguientes:

  • La Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF). Los fiscales han solicitado la condena del Fiscal General a la pena de prisión de seis años y doce años de inhabilitación por delitos de prevaricación.
  • El Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM). El ICAM interesa la condena de García Ortiz por el delito de revelación de secretos a la pena de cuatro años de prisión, con suspensión de empleo y sueldo durante tres años e inhabilitación, así como al pagar una multa de 81.000 euros.
  • Manos Limpias. El sindicato Manos Limpias interesa la condena del Fiscal General a la pena de cuatro años de cárcel por el delito de revelación de secretos, con suspensión de empleo y sueldo durante tres años e inhabilitación, y al pago de una multa de 216.000 euros.
  • Fundación Foro Libertad y Alternativa; Hazte Oír; y el partido político VOX, que han ejercido la acusación popular unificada. Han interesado la condena por un delito de revelación de secretos y otro de prevaricación, a la pena de prisión de cuatro años, e inhabilitación, y multa.

 

¿Cuáles son los antecedentes del caso?

El Tribunal Supremo ha juzgado al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, acusado de revelación de secretos por, presuntamente y entre otros, filtrar a la prensa un correo electrónico enviado por el abogado de Alberto González Amador a la fiscalía de delitos tributarios, a fin de negociar una conformidad, siguiendo el protocolo establecido para las negociaciones de la fiscalía con los abogados/as de los acusados en España.

 

En el citado “email”, el abogado reconoce la existencia de dos delitos contra la hacienda pública, cometidos por su cliente, a fin de pactar una pena rebajada, con carácter previo al juicio.

Ante esta situación, Alberto González y seis acusaciones populares han solicitado la condena del Fiscal General del Estado, acusándolo de haber sido él el que ha revelado esta información, infringiendo la ley.

 

Por su parte, la defensa del acusado, ejercida por la Abogacía del Estado y el Ministerio Fiscal, ha solicitado su absolución, manifestando que el email pudo ser difundido por muchas personas.

Se da la circunstancia de que el Fiscal General del Estado borró todos los mensajes y correos de su móvil después de saltar la filtración, siendo imposible su rastreo.

 

Delito de revelación de secretos

El artículo 417 del Código penal establece lo siguiente:

“1. La autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados, incurrirá en la pena de multa de doce a dieciocho meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.
Si de la revelación a que se refiere el párrafo anterior resultara grave daño para la causa pública o para tercero, la pena será de prisión de uno a tres años, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a cinco años”.

 

Como vemos, el Tribunal Supremo ha aplicado el párrafo primero, más leve, que implica la imposición de multa y no de prisión. Además, ha impuesto la pena mínima de multa de doce meses.

 

Futuro del Fiscal General del Estado cuando sea cesado y se ejecute la Sentencia de condena

Por último, García Ortiz podría ser expulsado de la carrera judicial, por aplicación del artículo artículo 32 del Reglamento de la Fiscalía, recoge en el apartado d), (causa de pérdida de la condición de fiscal la condena):

«Pena principal o accesoria de inhabilitación para cargo público o condena por delito doloso, sin perjuicio de la facultad que concede el artículo 44.2.º del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal a la persona titular de la Fiscalía General del Estado para sustituir la pérdida de condición de fiscal por la sanción de suspensión en los casos en que la pena no fuera superior a 6 meses».

 

Habrá que esperar al dictado de la sentencia para conocer más datos sobre los hechos probados a juicio del Tribunal Supremo.

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