¿Cómo denunciar una okupación?

¿Cómo denunciar una okupación?

¿Necesitas denunciar una okupación? En este artículo encontrarás todo lo que te interesa saber para actuar frente a una okupación.
Piso okupado - okupación - ApudActa.com

La okupación de viviendas es un problema que se da en diferentes lugares de nuestro país. Saber qué hacer en este caso es fundamental, por eso te damos diferentes consejos basados en la experiencia de expertos legales e inmobiliarios así como el Cuerpo Nacional de Policía.¡ Acompáñanos!

Que es la okupación

En los últimos años, se han casi duplicado las demandas por okupaciones, pasando de las 9.998 denuncias en 2016 a las 17.224 de 2021, que es el nivel más alto en la historia o las 16.726 denuncias que se registraron en 2022, mostrando un ligero descenso respecto al año anterior.

Existen diferencias entre los términos okupación, usurpación y allanamiento de morada ya que todos hacen referencia al uso de una vivienda ajena.

La okupación no es un término jurídico en sí, ya que no está incluido en el Código Penal español. Es simplemente una manera coloquial de llamar al acto por el cual una persona se instala a vivir en un inmueble que no le pertenece.

Para iniciar una acción judicial, por lo tanto necesitamos saber si la okupación se trata en realidad de una usurpación o un allanamiento de morada.

La usurpación de vivienda es la okupación ilegal de una vivienda deshabitada sin el consentimiento de sus propietarios para convertirlo en residencia habitual del okupante.

La sanción para este delito es una multa económica, si el bien inmueble usurpado no es considerado morada.

El allanamiento de morada, por otro lado, es el ingreso o permanencia en una vivienda o edificio sin la autorización del morador para intentar convertirlo en su propia vivienda.

En estos casos la sanción establecida es la prisión.

Perfil del okupa en España

Algunas okupaciones, tal y como surgieron por el movimiento okupa, se hacen por ideología, otras veces se realizan por mafias, que incluso agravan la situación cuando alquilan a su vez la vivienda a una tercera persona y otras veces se realiza por inquilinos morosos, usuarios en precario, o por necesidades económicas, entre otras casuísticas.

El perfil de okupa que más se repite en España es el de organizaciones de carácter mafioso que se dedican a usurpar viviendas. Históricamente siempre solía acompañar a la okupación de viviendas un perfil de vulnerabilidad social, pero hoy en día, aún dándose situaciones de emergencia social en ocasiones, no es éste el perfil de okupa que más se prodiga.

Muchos de estos pisos y viviendas forman parte de bancos u otras instituciones financieras o grupos inmobiliarios destinados al sector turístico.

¿Cuánto tiempo puede llevar desalojar a un okupa?

En España son necesarios 20,5 meses de media para desalojar a un okupa entre los procedimientos de los Juzgados de Primera Instancia y los de las Audiencias Provinciales, según los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Durante 2022, se registraron 16.726 denuncias por okupación, según el Ministerio del Interior. De enero a abril de 2023, los agentes de Guardia Civil, Policía Nacional, Mossos, Ertzaina y Policía Foral de Navarra actuaron, denunciaron o tomaron nota en 5.266 casos de okupaciones ilegales.

¿Cómo actuar ante una okupacion?

Ante una situación de okupación, se debe de instar un procedimiento de desalojo de los «okupas» que se puede seguir por la vía penal o por la vía civil. Si denuncias en el momento en que se está produciendo la okupación, se puede actuar de inmediato al ser un delito flagrante.

Vía Penal

El procedimiento penal debe de iniciarse mediante la presentación de una denuncia ante la policía, y si se puede demostrar que las personas que han okupado el inmueble llevan menos de 48 horas en el domicilio, la policía los puede desalojar sin orden judicial. El plazo de 48 horas no aparece expresamente en ninguna legislación, pero suele ser el tiempo que aconsejan en los protocolos internos de actuación policial para considerarlo como un delito flagrante y evitar el allanamiento de morada.

Si ya han pasado las primeras 48 horas desde la okupación ilegal, la denuncia se tramitará en el juzgado correspondiente por la comisión de un delito de usurpación, si el domicilio no constituía una vivienda habitual, o bien, por un delito de allanamiento de morada si se trataba de una vivienda habitual. Es importante llevar a la policía indicios de prueba que acrediten que el inmueble es de tu propiedad y que es tu vivienda (recibos de suministros, escrituras, empadronamiento…)

Este procedimiento penal puede durar entre un año o año y medio, dependiendo del juzgado que tramite el proceso. El procedimiento no debe ser promovido necesariamente por el propietario del inmueble.

Vía Civil

En la vía civil, debe de ser el propietario de la vivienda okupada quien inicie el procedimiento directamente en el Juzgado, dirigiendo la demanda contra todas las personas que se encuentran de forma ilegítima en el domicilio.

La Ley de Enjuiciamiento Civil dispone de distintas herramientas, una de ellas es el denominado “desahucio exprés”, un procedimiento verbal especial que permite a la persona que tiene derecho sobre un inmueble reclamar su desalojo y devolución frente a okupas.

Se puede instar de forma cautelar el desalojo de la vivienda antes de que se dicte sentencia.

Mediación profesional

Otra opción alternativa que se utiliza con frecuencia es la de contratar una empresa especializada para desokupar el inmueble por medio de la negociación o la mediación.

¿Cuáles son las principales plataformas de afectados por okupación en España?

Principalmente, existen dos grandes plataformas a nivel nacional que agrupan a afectados por el fenómeno de la okupación:

  • Plataforma de Afectados por la Ocupación (PAO): Creada en 2014, es la plataforma más veterana y con mayor alcance, con presencia en toda España. Ofrece apoyo legal, asesoramiento y acompañamiento a las víctimas, así como campañas de concienciación y reivindicación.
  • Asociación de Afectados por la Okupación (AOAO): Fundada en 2017, se centra en la defensa legal de los propietarios afectados, con un equipo de abogados especializados en este ámbito.
  • Stop Okupación: Esta plataforma nació en 2018 como movimiento ciudadano, con presencia en redes sociales y organización de protestas y actos reivindicativos. Cuenta con especial actividad en Cataluña.

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